En el actual escenario empresarial es cada vez más habitual la contratación de obras y servicios a empresas o a personas trabajadoras por cuenta propia. Esta contratación puede implicar, por una parte, que en un mismo centro de trabajo realicen actividades y coincida personal perteneciente a distintas empresas y/o distintas personas trabajadoras por cuenta propia y, por otra, que dichas personas trabajadoras desarrollen su actividad profesional en un centro de trabajo cuya titularidad no les corresponde. Estas circunstancias suponen que trabajadores y trabajadoras se puedan ver expuestos/as no solo a los riesgos de su actividad, sino también a los que pueda generarles la actividad desarrollada por otras empresas (o personas trabajadoras por cuenta propia) y/o los originados por el centro de trabajo donde se ejecuten las tareas contratadas. Ante esta problemática, es esencial una coordinación entre los implicados con el fin de controlar los mencionados riesgos y evitar los daños que pudieran derivarse de los mismos.

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